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Expte. Nº 32/2015
Partido: “C.E.Y.E. vs. NAUTICO ENSENADA”
Categoría: Juveniles
Dar VISTA de las presentes actuaciones a los jugadores MUSTAFA Joaquin (Ficha nº 24.985), LUJÁN Nicolás (Ficha nº 24.382), DEL MANSO Alejandro Francisco (Ficha nº 27.384), MEZTLER Gabriel Elian (Ficha nº 26.220), RISSO Paolo (Ficha nº 24.621) y el Asistente/Preparador Fisico JUAMBELZ del Club NAUTICO ENSENADA y VERBITCHI Agustín Roberto (Ficha nº 24.505) del Club C.E.Y.E. a fin de que eleven sus descargos por escrito dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen a las presentes.
SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 27 de AGOSTO de 2015.- |
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Expte. Nº 33/2015
Partido: “ATENAS B vs. JUVENTUD”
Categoría: CADETES
Dar VISTA de las presentes actuaciones a los jugadores informados, SURACE Franco (Ficha nº 25.631) del Club ATENAS “B”, y a PLAVLIC (Ficha nº 25.204) del Club JUVENTUD para que presenten sus descargos; e INFORME el Club ATENAS los datos personales y funciones que desempeña en esa Institución el simpatizante-espectador informado por el árbitro, Sr. TOUS, por escrito, dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen a las presentes.
SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 27 de AGOSTO de 2015.- |
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Expte. Nº 34/2015
Partido: “ASTILLEROS vs. HOGAR SOCIAL
Categoría: MAYORES
Dar VISTA de las presentes actuaciones a los informados, entrenador del Club ASTILLEROS, Sr. PETRACCI, entrenador del CLUB HOGAR SOCIAL, Sr. CRIVARO, y Presidente del Club ASTILLERO a fin de que eleven sus descargos por escrito dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen a las presentes.
SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 27 de AGOSTO de 2015.- |
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