Expediente Nº 34/2024
Partido: “C.E.y.E. vs DEPORTIVO LA PLATA"
Categoría: MAYORES - ZONA A2
Dar VISTA de las presentes actuaciones al Club C.E.y.E. y a su jugador ALI L. (Lic. 137) y al Club DEPORTIVO LA PLATA y a su jugador Mauad S. (Lic. 678), a los fines de que presenten sus descargos por escrito dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, como así también en el caso del Club DEPORTIVO LA PLATA que proceda a identificar a la espectadora que agredió verbalmente al personal de la mesa de control, atento al informe presentado por el árbitro del encuentro Sr. Juan Cruz Lamonica. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación Platense de Básquetbol copia del informe que diera origen al presente expediente.
SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 03 de Junio de 2024.-
|