LA PLATA, 25 de Junio de 2015
Expediente: 25/2015
Club: “U.N.L.P. vs. SUD AMERICA”
Categoría: INFANTILES
Encontrándose presentes los miembros del Tribunal de Penas
Presidente: Dr. Andrés Blas ROMÁN
Vocal Titular: Dr. Bruno SALOMONE
Vocal Titular: Dr. Fernando LEVENE
Vocal Titular: Dr. Nicolás BERTSCH
Vocal Suplente: Dr. Manuel FERNANDEZ
VISTO: El informe elevado a este Tribunal por el Arbitro del encuentro Pablo Paccioretti, en relación a los hechos ocurridos en el encuentro disputado el día 13 de junio de 2015 en el club UNLP, entre los equipos de UNLP (Local) y Sud América (Visitante) correspondiente a la categoría infantiles; y
CONSIDERANDO:
I.- Que la situación descripta en el informe referido, en cuanto a que la indumentaria de la UNLP no era la correspondiente, sin hacer juego pantalones con camisetas, no constituye infracción alguna, toda vez que no se encuentra tipificada en el Código de Penas de la C.A.B.B. (at. 81º del Código de Procedimientos).
II.- Que del informe arbitral no surge ningún elemento que permita atribuir responsabilidad a la UNLP.
Por todo lo expuesto, este Tribunal:
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- DISPONER el ARCHIVO de las presentes actuaciones, en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 79º y c.c. del Código Procesal.
ARTICULO 2º.- Tome razón de lo actuado la Asociación Platense de Básquet en el marco de las atribuciones propias respecto a la indumentaria uniforme establecidas en su reglamentación.
ARTICULO 3º.- Publíquese íntegramente la presente resolución en el Boletín Oficial.-
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