La Plata, 6 de julio de  2018.-

Expediente: 18/2018
Club: “UNIVERSIDAD TECNOLOGICA vs. NAUTICO DE ENSENADA”
Categoría: MAYORES

Encontrándose presentes los miembros del Tribunal de Penas

Presidente: Dr. Andrés Blas ROMÁN
Secretario: Dr. Javier Enrique MENNA
Vocal Titular: Dr. Nicolás BERSTCH
Vocal Titular: Dr. Manuel FERNANDEZ
Vocal Titular: Dr. Bernardo BRAVIZ LOPEZ
Vocal Suplente: Dr. Martín MALUENDEZ
Vocal Suplente: Dr. Hernán MENESES

VISTO:
La conmutación de pena solicitada por el Sr. Lucas BONINO,  jugador del Club Náutico de Ensenada, y
CONSIDERANDO:
I.-   Que el mismo ha sido interpuesto en tiempo y forma.
II.- Que mediante el remedio utilizado, se pretende la conmutación de la sanción de 10 fechas de suspensión aplicada al jugador por éste Tribunal, mediante el fallo dictado con fecha 28 de mayo de 2018 en el expediente nº 28/2018.
III.- Que resulta oportuno destacar que hasta la fecha el Sr. Bonino, ha cumplido SIETE (7) partidos de suspensión, con lo cual se encontraría cumplido con los dos tercios de la pena impuesta. 
IV. No obstante lo cual cabe referir, que los artículo 50º y 51٥ del Código de Penas precisan que resulta facultad exclusiva de este Tribunal considerar y otorgar la reducción o conmutación de penas solicitadas de acuerdo con la gravedad de la sanción impuesta, no operando de forma automática en ningún caso.
V. Por otra parte, y a tenor de las consideraciones tenidas presentes al momento de sancionar y la gravedad de los hechos informados por los árbitros, entiende este Tribunal que no corresponde hacer lugar al pedido de conmutación.
Por todo lo expuesto, este Tribunal:

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º. RECHAZARla solicitud de CONMUTACIÓN de TRES (3) PARTIDO de la pena impuesta en estas actuaciones al Sr. Lucas BONINO,  jugador del Club Náutico de Ensenada, en mérito a lo dispuesto en los artículos 50º y 51º del CODIGO de PENAS.
ARTICULO 2º. Publíquese íntegramente la presente resolución en el Boletín Oficial.-