Expediente  Nº 67/2026
Partido: “C.E.y.E. vs MAYO”
Categoría: U17– MASCULINO

Dar  VISTA  de las presentes actuaciones al Club C.E.y.E. y a sus Jugadores nº 15– PALUMINO MARCINKO F. y nº 9 – HARAMBOURE A. y al Club MAYO  y a su Jugador nº 5 – SIRITO M. ,a los fines de que presenten sus descargos por escrito dentro del Plazo de TRES (3) días HÁBILES, como así también en el caso del Club MAYO proceda a identificar el espectador (padre) que fuera retirado de la cancha por increpar verbalmente a los jugadores suplentes del equipo local, atento al informe presentado porel 1er. Juez del encuentro Carlos Romero. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del  CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS  y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación Platense de Básquetbol copia del informe que diera origen al presente expediente.

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 2 de Septiembre de 2026.-

       

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Expediente  Nº 68/2026
Partido: “ESTRELLA vs JUVENTUD”
Categoría: U21– MASCULINO

Dar  VISTA  de las presentes actuaciones al Club ESTRELLA de BERISSO y a su Jugador nº 11, a los fines de que presenten sus descargos por escrito dentro del Plazo de TRES (3) días HÁBILES,atento al informe presentado porlos árbitros delencuentro Gonzalo Alsina y Lujan Valmaceda. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del  CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS  y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación Platense de Básquetbol copia del informe que diera origen al presente expediente.

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 2 de Septiembre de 2026.-

 

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Expediente  Nº 69/2026
Partido: “C.E.y.E. vs MAYO”
Categoría: U15– MASCULINO

Dar  VISTA  de las presentes actuaciones al Club MAYO, a los fines de que presente su descargo por escrito dentro del Plazo de TRES (3) días HÁBILES,como así también proceda a identificar al padre de su parcialidad protagonista del incidente denunciado, atento al informe presentado porlos árbitros delencuentro Zacarías G. y Romero C. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del  CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS  y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación Platense de Básquetbol copia del informe que diera origen al presente expediente.

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 2de Septiembrede 2026.-